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Condiciones de Uso y política de privacidad

Este canal de información se dispone para cumplir con la normativa sobre protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión.

Es un canal seguro y absolutamente confidencial. Incluso puedes comunicarte con nosotros de forma anónima. Antes de realizar una comunicación por este canal, debes leer y aceptar las condiciones de uso (para saber que hechos se pueden comunicar por esta vía y que informantes quedan protegidos por la normativa) y la política de privacidad.

En este caso, nuestra empresa conforma un grupo de empresas por lo que a la hora de comunicar tu información deberás identificar la concreta empresa afectada en el desplegable que encontrarás en la propia herramienta, las presentes condiciones de uso son aplicables a todo el grupo.

1.- Qué informaciones puedes aportar por este canal?:

  • Determinadas infracciones normativas o informaciones en el marco de la lucha contra con la corrupción que marca el anexo de la Directiva (UE) 2019/1937, de 23 de octubre de 2019, en materia de:
  • Contratación pública y adjudicación de concesiones
  • Servicios, productos y mercados financieros (productos bancarios, de crédito, de inversión, de seguro y reaseguro, de pensiones personales o de jubilación, servicios de valores, de fondos de inversión, de pago), y prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo
  • Requisitos de seguridad y conformidad de los productos comercializados en el mercado de la Unión
  • Seguridad del transporte
  • Protección del medio ambiente
  • Protección frente a las radiaciones y seguridad nuclear
  • Seguridad de los alimentos y los piensos, sanidad animal y bienestar de los animales
  • Salud pública
  • Protección de los consumidores
  • Protección de la privacidad y de los datos personales, y seguridad de las redes y los sistemas de información
  • Infracciones que afecten los intereses financieros de la Unión o incidan en el mercado interior, incluidas las infracciones de las normas de la Unión en materia de competencia y ayudas otorgadas por los Estados, así como las infracciones relativas al mercado interior en relación con los actos que infrinjan las normas del impuesto sobre sociedades o a prácticas cuya finalidad sea obtener una ventaja fiscal que desvirtúe el objeto o la finalidad de la legislación aplicable al impuesto sobre sociedades.
  • Vulneraciones del resto del ordenamiento jurídico susceptibles de constituir de infracción penal o administrativa grave o muy grave o que afecten directamente al interés general, entendiendo que este está comprometido en todo caso si la vulneración investigada afecta a la Hacienda Pública.
  • Así como las materias comprendidas en el art. 31 bis y 129 del CP que tengan transcendencia penal. Ahora bien, las informaciones sobre estas materias, y sus remitentes quedarán fuera del ámbito de protección dispensado por la normativa sobre protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión.
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